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Impacto del apagón eléctrico en los plazos procesales y administrativos

Impacto del apagón eléctrico en los plazos procesales y administrativos

El reciente apagón eléctrico que afectó a todo el territorio peninsular el pasado 28 de abril de 2025 ha generado importantes repercusiones en los ámbitos judicial y administrativo, especialmente en lo que respecta al cómputo de plazos procesales y administrativos. A continuación, detallamos las medidas adoptadas por el Poder Judicial y el Gobierno de la Región de Murcia para mitigar las consecuencias de este suceso excepcional.

Suspensión de plazos procesales por el apagón

La Comisión Permanente del Poder Judicial se reunió de urgencia para evaluar las consecuencias legales del apagón, que imposibilitó el funcionamiento de los sistemas telemáticos y electrónicos esenciales para la presentación de escritos judiciales. En su comunicado, se hizo referencia a dos artículos clave de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC):

  1. Artículo 135.2 de la LEC: Este artículo permite, en caso de interrupción no planificada de los servicios de comunicaciones telemáticas o electrónicas, presentar escritos perentorios el primer día hábil siguiente, acompañando un justificante de la interrupción.
  2. Artículo 281.4 de la LEC: No es necesario probar hechos de notoriedad absoluta y general, como lo fue este apagón, lo que simplifica la justificación de los retrasos.

En consecuencia, el 29 de abril de 2025, el Poder Judicial acordó la suspensión de los plazos procesales durante los días 28 y 29 de abril de 2025 por razones de fuerza mayor. Esta medida no afecta la realización de actos procesales urgentes e inaplazables, ni aquellos destinados a la tutela de derechos fundamentales, siempre que puedan llevarse a cabo con plenas garantías. Además, cada órgano jurisdiccional evaluará, según las circunstancias específicas, la conveniencia de suspender vistas y actos procesales previstos para el 29 de abril de 2025, considerando justificada la inasistencia de abogados, partes o personas obligadas a comparecer

El Consejo General del Poder Judicial continuará monitoreando la situación y, en caso necesario, adoptará medidas adicionales. El acuerdo será ratificado en la próxima sesión del Pleno.

Declaración de inhábil del 28 de abril en la Región de Murcia

Por su parte, el Gobierno de la Región de Murcia ha declarado inhábil el día 28 de abril de 2025 a efectos de cómputo de plazos administrativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma. Esta decisión responde a la interrupción del suministro eléctrico, que afectó servicios públicos y privados, incluyendo el registro electrónico de la Comunidad Autónoma.

El Decreto 302/2011, que regula la gestión electrónica de la Administración Pública regional, establece que, en caso de indisponibilidad del Registro Electrónico Único por causas sobrevenidas, se declarará inhábil el último día de plazo y los días que dure la interrupción. Así, los plazos administrativos se reanudarán el primer día hábil siguiente, en este caso, el 30 de abril de 2025.

¿Qué significa esto para los ciudadanos y profesionales?

El apagón eléctrico ha generado una situación excepcional que afecta directamente a quienes debían cumplir con plazos judiciales o administrativos. Sin embargo, las medidas adoptadas buscan proteger los derechos de los ciudadanos, asegurando que no se vean perjudicados por circunstancias fuera de su control. Es importante que tanto particulares como profesionales estén al tanto de estas disposiciones y actúen en consecuencia para evitar inconvenientes.

En Aragón & Méndez, abogados y asesoría empresarial en Mazarrón, estamos a tu disposición para informarte y ayudarte con cualquier trámite relacionado con esta situación. Nuestro equipo de profesionales te orientará sobre cómo proceder con los plazos afectados, ya sean judiciales o administrativos, y te acompañará en la gestión de cualquier otro asunto legal o empresarial. Contacta con nosotros para recibir asesoramiento personalizado y garantizar que tus derechos estén protegidos.

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